El control de constitucionalidad y convencionalidad en Colombia

  • Gerardo A. Durango Álvarez
  • Kennier José Garay Herazo
Palabras clave: Control de constitucionalidad, convencionalidad, Corte Constitucional, Corte Interamericana de Derechos Humanos, legislador, leyes

Resumen

Cuando la Corte Constitucional revisa la constitucionalidad y la convencionalidad de las leyes, declara su adecuación o inadecuación a los principios, derechos y normas consagrados en la Constitución y en la Convención Americana sobre Derechos Humanos; desarrollando un accionar “judicial” bastante complejo, en la medida en que –muchas veces– entra en ámbitos políticos propios de legislador. Situación que genera fuertes tensiones entre el poder legislativo y el judicial, pues se argumenta que este no ha sido elegido popularmente, como sí ocurre con el legislador. Por tanto, esta investigación tiene como objetivo describir dichas tensiones en el contexto del control de constitucionalidad y convencionalidad a las leyes en Colombia. Resaltando la importancia de este último como un tipo de control concurrente, complementario y necesario al control de constitucionalidad. Para ello se realiza un ejercicio de teorización a partir de revisión bibliográfica e ilustración con sentencias, desplegado desde un enfoque cualitativo. 

Biografía del autor/a

Gerardo A. Durango Álvarez
Doctor en Derecho: Derechos Fundamentales, Universidad Carlos III de Madrid (España), magíster en Filosofía del Derecho, Universidad Carlos III de Madrid. Abogado. Profesor titular de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, Departamento de Ciencia Política. Director del grupo de investigación Derechos Fundamentales y Teoría Política, clasificado en categoría B por Colciencias. Autor de los libros: Inclusión y desarrollo de las acciones positivas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana (2011), Democracia deliberativa y derechos fundamentales (2010) y Habermas y los derechos fundamentales (2006).
Kennier José Garay Herazo
Abogado de la Universidad de Antioquia, politólogo de la Universidad Nacional de Colombia. Investigador y docente de cátedra de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia. de Ciencia Política. Director del grupo de investigación Derechos Fundamentales y Teoría Política, clasificado en categoría B por Colciencias. Autor de los libros: Inclusión y desarrollo de las acciones positivas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana (2011), Democracia deliberativa y derechos fundamentales (2010) y Habermas y los derechos fundamentales (2006).

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Biografía del autor/a

Gerardo A. Durango Álvarez
Doctor en Derecho: Derechos Fundamentales, Universidad Carlos III de Madrid (España), magíster en Filosofía del Derecho, Universidad Carlos III de Madrid. Abogado. Profesor titular de la Universidad Nacional de Colombia, sede Medellín, Departamento de Ciencia Política. Director del grupo de investigación Derechos Fundamentales y Teoría Política, clasificado en categoría B por Colciencias. Autor de los libros: Inclusión y desarrollo de las acciones positivas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana (2011), Democracia deliberativa y derechos fundamentales (2010) y Habermas y los derechos fundamentales (2006).
Kennier José Garay Herazo
Abogado de la Universidad de Antioquia, politólogo de la Universidad Nacional de Colombia. Investigador y docente de cátedra de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia. de Ciencia Política. Director del grupo de investigación Derechos Fundamentales y Teoría Política, clasificado en categoría B por Colciencias. Autor de los libros: Inclusión y desarrollo de las acciones positivas en la jurisprudencia de la Corte Constitucional colombiana (2011), Democracia deliberativa y derechos fundamentales (2010) y Habermas y los derechos fundamentales (2006).

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Cómo citar
Durango Álvarez, G. A., & Garay Herazo, K. J. (2015). El control de constitucionalidad y convencionalidad en Colombia. Prolegómenos, 18(36), 99–116. https://doi.org/10.18359/dere.936
Publicado
01-09-2015
Sección
Artículos

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